Los beneficios
son administrados por el Ministerio de Desarrollo Social, quién verifica el
cumplimiento de los requisitos para acceder a ellos, concederlos y
extinguirlos. Para estos efectos, el Ministerio de Desarrollo Social utilizará
la información contenida en el Registro de Información Social (al que se
refiere el la Ley 19.949).
La institución
pagadora es el Instituto de Previsión Social IPS), quien realiza los pagos por
medio de la Caja de Compensación Los Héroes, o mediante depósito en cuenta
bancaria.
“El Instituto de
Previsión Social (IPS), es un servicio público creado a partir del artículo 53
de la Ley 20.255, de Reforma al Sistema Previsional, descentralizado, y con
personalidad jurídica y patrimonio propio.
El IPS
desarrolla sus funciones bajo la supervigilancia del Presidente de la República,
a través del Ministerio del Trabajo, por intermedio de la Subsecretaría de
Previsión Social.
El nuevo
servicio tiene por objetivo la administración del sistema de pensiones
solidarias y de los regímenes previsionales administrados anteriormente por el
INP, y constituye un servicio público regido por el Sistema de Alta Dirección
Pública, establecido en la ley N° 19.882".
Entre las
principales funciones de la Subsecretaría de Servicios Sociales del Ministerio
de Desarrollo Social está la de liderar la División de Promoción y Protección
Social, que coordina gran parte de las políticas sociales del Ministerio de
Desarrollo Social, entre ellas el Ingreso Ético Familiar.




